Resumen
Respondiendo a la Audiencia Provincial de Barcelona, el TJUE declaró contrario al Derecho de la UE que el plazo para reclamar los gastos empiece a contar desde el último pago sin tener en cuenta si el consumidor conocía sus derechos. Añadió que la existencia de una jurisprudencia nacional consolidada sobre cláusulas similares no basta para probar que el consumidor sabía que su cláusula era abusiva.
Datos de la sentencia
- Tribunal: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Novena)
- Fecha: 25 de enero de 2024
- Referencia: C-810/21 a C-813/21 (ECLI:EU:C:2024:81)
- Texto: eur-lex.europa.eu
Qué significa para tu caso
Cada caso depende de su contrato y sus pruebas, pero las sentencias como esta marcan cómo deciden los tribunales. Comprueba gratis si tu caso se parece en el comprobador de gastos de hipoteca.
Sentencias relacionadas
- Tribunal Supremo (Sala de lo Civil), 11 de junio de 2026Estima el recurso de los prestatarios: no hay prescripción
- Tribunal Supremo (Sala de lo Civil), 25 de febrero de 2026Desestima el recurso de BBVA y confirma la condena
- Tribunal Supremo (Sala de lo Civil), 12 de febrero de 2026Estima el recurso de los consumidores: no hay prescripción
- Tribunal Supremo (Sala de lo Civil), 4 de febrero de 2026Estima el recurso de los consumidores: la devolución de gastos no está prescrita