Resumen
El Supremo estimó el recurso de unos clientes con un crédito hipotecario de 2007 de Banco Pastor, sucedido por Banco Popular y hoy Banco Santander. La Audiencia de Barcelona había declarado prescrita la devolución contando desde el último pago. El Supremo aplicó su sentencia 857/2024 y la del TJUE de marzo de 2025: el banco no probó que los clientes conocieran antes la abusividad, así que no hay prescripción.
Datos de la sentencia
- Tribunal: Tribunal Supremo (Sala de lo Civil)
- Fecha: 4 de febrero de 2026
- Referencia: STS 292/2026
- Entidad: Banco Popular
- Texto: www.poderjudicial.es
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