Resumen
El Tribunal de Justicia de la UE, a raíz de cuestiones de juzgados de Palma de Mallorca y Ceuta en pleitos contra Caixabank y BBVA, declaró que, anulada la cláusula de gastos, el juez no puede negar al consumidor la devolución de lo pagado salvo que una norma nacional aplicable le atribuya esos gastos. También dijo que el consumidor no debe cargar con costas por recuperar solo una parte de lo reclamado si gana la nulidad.
Datos de la sentencia
- Tribunal: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Cuarta)
- Fecha: 16 de julio de 2020
- Referencia: C-224/19 y C-259/19 (ECLI:EU:C:2020:578)
- Texto: eur-lex.europa.eu
Qué significa para tu caso
Cada caso depende de su contrato y sus pruebas, pero las sentencias como esta marcan cómo deciden los tribunales. Comprueba gratis si tu caso se parece en el comprobador de gastos de hipoteca.
Sentencias relacionadas
- Tribunal Supremo (Sala de lo Civil), 11 de junio de 2026Estima el recurso de los prestatarios: no hay prescripción
- Tribunal Supremo (Sala de lo Civil), 25 de febrero de 2026Desestima el recurso de BBVA y confirma la condena
- Tribunal Supremo (Sala de lo Civil), 12 de febrero de 2026Estima el recurso de los consumidores: no hay prescripción
- Tribunal Supremo (Sala de lo Civil), 4 de febrero de 2026Estima el recurso de los consumidores: la devolución de gastos no está prescrita