Coeficientes que aplica A Coruña
Con el método objetivo, la base del impuesto es el valor catastral del suelo multiplicado por el coeficiente que corresponde a los años que tuviste el inmueble. Estos son los coeficientes de la ordenanza de 2026:
| Años de propiedad | Coeficiente |
|---|---|
| Menos de 1 año | 0,15 |
| 1 año | 0,15 |
| 2 años | 0,14 |
| 3 años | 0,14 |
| 4 años | 0,16 |
| 5 años | 0,18 |
| 6 años | 0,19 |
| 7 años | 0,2 |
| 8 años | 0,19 |
| 9 años | 0,15 |
| 10 años | 0,12 |
| 11 años | 0,1 |
| 12 años | 0,09 |
| 13 años | 0,09 |
| 14 años | 0,09 |
| 15 años | 0,09 |
| 16 años | 0,1 |
| 17 años | 0,13 |
| 18 años | 0,17 |
| 19 años | 0,23 |
| 20 años o más | 0,4 |
Si en la fecha de tu venta los máximos fijados por la ley eran más bajos que alguno de estos coeficientes, se aplica el máximo legal.
Ejemplo de cálculo en A Coruña
Una vivienda con un valor catastral del suelo de 60.000 € que se vende después de 10 años: 60.000 € × 0,12 (coeficiente) × 25 % (tipo) = 1.800 €, antes de bonificaciones. Si la ganancia real fue menor, puedes pagar según la ganancia real; y si hubo pérdida, no se paga.
Bonificaciones y particularidades
Coeficientes: máximos estatales vigentes (RDL 8/2023). Mortis causa o pacto de mejora de la vivienda habitual a descendientes, ascendientes y cónyuge: 95/70/30/20% según renta per cápita familiar (≤IPREM, ≤2, ≤3, >3 IPREM). Exención por dación en pago.
Resumen de la ordenanza: los requisitos exactos y los cambios de cada año están en el texto oficial.
Cuándo puedes pedir la devolución
- Vendiste con pérdidas: si pagaste la plusvalía, puedes pedir que te la devuelvan.
- La ganancia real fue menor que el cálculo objetivo: puedes pedir que se recalcule con la ganancia real.
- Herencias y donaciones: revisa si te aplicaron las bonificaciones de la ordenanza.
Compruébalo en el comprobador o calcula el impuesto con la calculadora de plusvalía.
Dónde hacer el trámite en A Coruña
Plusvalía en otros municipios
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Preguntas frecuentes
¿Cuál es el tipo de la plusvalía municipal en A Coruña?
El 25 % según la ordenanza fiscal de 2026. El máximo que permite la ley es el 30%.
¿Tengo que pagar plusvalía en A Coruña si vendí con pérdidas?
No. Si vendiste por menos de lo que te costó (y lo acreditas con las escrituras de compra y de venta), no hay incremento de valor y no tienes que pagar. Si ya la pagaste, puedes pedir que te la devuelvan.
¿Puedo pagar según la ganancia real y no según el valor catastral?
Sí. Desde noviembre de 2021 puedes elegir el método que te resulte más barato: el objetivo (valor catastral del suelo por un coeficiente) o la ganancia real entre la compra y la venta.
¿Qué plazo tengo para reclamar la devolución?
En general, 4 años desde que pagaste el impuesto si fue una autoliquidación. Si el ayuntamiento te envió una liquidación, el plazo para recurrirla es mucho más corto: un mes desde la notificación.