Resumen
El TJUE resolvió una cuestión de un juzgado de Barcelona en un pleito contra Caixabank, antes Bankia. Declaró que la Directiva se opone a que el plazo para pedir la devolución de los gastos empiece en la fecha en que se pagaron, sin importar si el consumidor podía saber entonces que la cláusula era abusiva, y a que empiece en la fecha de una sentencia anterior del Supremo que anuló una cláusula tipo equivalente.
Datos de la sentencia
- Tribunal: Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Novena)
- Fecha: 25 de abril de 2024
- Referencia: C-484/21 (ECLI:EU:C:2024:360)
- Entidad: CaixaBank
- Texto: op.europa.eu
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