Resumen
La Audiencia de Jaén desestimó el recurso de CaixaBank, que alegaba prescripción, en préstamos hipotecarios de 1999 y 2009. Siguiendo al TJUE, señaló que el plazo no puede empezar con el último pago ni con las sentencias del Supremo de 2015 o 2019, y que el banco no probó que el cliente conociera antes la abusividad. Confirmó la devolución de 939,61 euros (mitad de notaría y gestoría y todo el registro).
Datos de la sentencia
- Tribunal: Audiencia Provincial de Jaén (Sección 1.ª)
- Fecha: 10 de abril de 2024
- Referencia: SAP J 607/2024
- Entidad: CaixaBank
- Texto: www.poderjudicial.es
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- Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Novena), 25 de abril de 2024El plazo no puede empezar en la fecha del pago de los gastos