Resumen
Tarjeta revolving de Cofidis contratada en agosto de 2020 con TAE del 24,51%. El tipo medio de ese mes era del 18,36%; con la corrección de 0,30 puntos, el umbral quedaba en 24,66%, apenas por encima de la TAE, y la Audiencia revocó la usura. Estimó la petición subsidiaria: el consumidor no podía conocer el mecanismo revolving ni el riesgo de efecto bola de nieve. Declaró nulo el contrato; el cliente solo devuelve el capital prestado.
Datos de la sentencia
- Tribunal: Audiencia Provincial de Navarra, Sección 3ª
- Fecha: 20 de octubre de 2025
- Referencia: SAP NA 1826/2025
- Entidad: Cofidis
- Texto: www.iberley.es
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