Resumen
Tarjeta revolving de Cofidis contratada en 2011 con TAE del 24,51%. Con un tipo medio de 2011 del 20,45% (20,65% corregido), la diferencia no llegaba a 6 puntos y la usura fue rechazada. La Audiencia estimó el recurso de la clienta por falta de transparencia: declaró nula la cláusula de intereses remuneratorios y el contrato, con devolución recíproca de lo entregado e intereses desde cada pago, y costas de ambas instancias para Cofidis.
Datos de la sentencia
- Tribunal: Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 13ª
- Fecha: 6 de mayo de 2026
- Referencia: SAP B 4325/2026
- Entidad: Cofidis
- Texto: www.iberley.es
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