Resumen
Tarjeta revolving de Cofidis contratada en 2014 con una TAE de hasta el 24,51%. Con un tipo medio de 2014 del 21,17%, el umbral de usura se situaba en torno al 27,4%, por lo que la Audiencia descartó la usura apreciada por el juzgado. Sí estimó la acción principal: las condiciones no superaron el control de incorporación, y declaró nulo el contrato. El cliente devuelve solo el capital y Cofidis el exceso cobrado, con intereses legales.
Datos de la sentencia
- Tribunal: Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 16ª
- Fecha: 11 de marzo de 2025
- Referencia: SAP B 2671/2025
- Entidad: Cofidis
- Texto: www.iberley.es
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