Resumen
Primera sentencia del Supremo tras el fallo del TJUE de 16 de julio de 2020, en un préstamo de 1998 con Banco Santander. Entendió que la justicia europea confirmaba su doctrina: anulada la cláusula, los gastos se reparten según las normas nacionales. Estimó el recurso del banco solo para excluir el impuesto AJD y dejar la notaría en la mitad (341,83 euros), y mantuvo la devolución de los gastos de registro.
Datos de la sentencia
- Tribunal: Tribunal Supremo (Sala de lo Civil)
- Fecha: 24 de julio de 2020
- Referencia: STS 2495/2020
- Entidad: Banco Santander
- Texto: www.iberley.es
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