Resumen
Un cliente reclamó la nulidad por usura de una tarjeta WiZink de 2016 con TAE del 26,70%. El Juzgado de Jerez y la Audiencia de Cádiz la rechazaron. Con el recurso de casación pendiente, WiZink se allanó a la demanda y el Supremo aceptó el allanamiento: declaró la nulidad por usura, de modo que el cliente solo devuelve el capital recibido y la entidad debe reintegrarle todo lo pagado por encima. No fija doctrina nueva, porque resuelve por allanamiento.
Datos de la sentencia
- Tribunal: Tribunal Supremo, Sala de lo Civil
- Fecha: 24 de febrero de 2026
- Referencia: STS 753/2026
- Entidad: WiZink
- Texto: www.iberley.es
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