Resumen
Un cliente pidió la nulidad por usura de una tarjeta VISA WiZink contratada en diciembre de 2017 con TAE del 27,24%. La Audiencia tomó como referencia el tipo medio del Banco de España de ese año (20,80%), al que sumó la corrección por comisiones y los 6 puntos de margen, con un umbral de 27,10% como máximo. Como la TAE lo superaba, confirmó la nulidad por usura y la devolución de todo lo pagado por encima del capital dispuesto.
Datos de la sentencia
- Tribunal: Audiencia Provincial de Madrid, Sección 25ª bis
- Fecha: 24 de junio de 2025
- Referencia: SAP M 9083/2025
- Entidad: WiZink
- Texto: www.iberley.es
Qué significa para tu caso
Cada caso depende de su contrato y sus pruebas, pero las sentencias como esta marcan cómo deciden los tribunales. Comprueba gratis si tu caso se parece en el comprobador de tarjetas revolving. Más información en WiZink.
Sentencias relacionadas
- Audiencia Provincial de Toledo, Sección 2ª, 27 de mayo de 2026Rechaza la usura pero anula el contrato por falta de transparencia
- Audiencia Provincial de León, Sección 1ª, 9 de abril de 2026Anula íntegramente el contrato y condena a WiZink a devolver intereses y comisiones
- Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, 24 de febrero de 2026Declara usuraria la tarjeta tras allanarse WiZink en casación
- Audiencia Provincial de Madrid, Sección 25ª bis, 23 de junio de 2025Declara usuraria una Visa Citi Oro de 2007 y limita la devolución a los últimos cinco años