Resumen
La Audiencia de Barcelona estimó en parte el recurso de BBVA solo para declarar válida la comisión de apertura. Mantuvo la condena a devolver 762,39 euros por la cláusula de gastos de un préstamo de 2005. Rechazó la prescripción: aplicó el plazo de cinco años del Código Civil contado desde la firmeza de la sentencia de nulidad, ya que el banco no probó que los clientes conocieran antes la abusividad.
Datos de la sentencia
- Tribunal: Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 15.ª)
- Fecha: 22 de diciembre de 2025
- Referencia: SAP B 12788/2025
- Entidad: BBVA
- Texto: www.iberley.es
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