Resumen
La Audiencia de Jaén estimó en parte el recurso de Unicaja solo en lo relativo a las comisiones de apertura. Confirmó la nulidad de las cláusulas de gastos de un préstamo de 2001 y sus escrituras de 2005 y 2008, y la devolución de 1.781,29 euros. Rechazó la prescripción: el plazo empieza cuando el consumidor conoce la abusividad, el banco debe probar ese conocimiento y no lo hizo.
Datos de la sentencia
- Tribunal: Audiencia Provincial de Jaén (Sección 1.ª)
- Fecha: 20 de noviembre de 2025
- Referencia: SAP J 2077/2025
- Entidad: Unicaja Banco
- Texto: www.iberley.es
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