Resumen
La Audiencia de Córdoba desestimó el recurso de Cajasur Banco en un préstamo hipotecario de 2003. El banco alegaba, entre otras cosas, la validez de una renuncia incluida en una novación privada de 2015 y de la propia cláusula de gastos. La Audiencia confirmó la nulidad de la cláusula y la devolución de 558,49 euros con intereses desde cada pago, e impuso al banco las costas del recurso.
Datos de la sentencia
- Tribunal: Audiencia Provincial de Córdoba (Sección 1.ª)
- Fecha: 25 de octubre de 2022
- Referencia: SAP CO 717/2022
- Entidad: Cajasur
- Texto: www.iberley.es
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