Resumen
Tarjeta revolving de Santander Consumer Finance de 2015. El contrato preveía una TAE del 28,14%, pero la Audiencia constató que nunca se aplicó: se cobró un 25,90% hasta 2020 y después un tipo menor, por lo que descartó la usura. En cambio, siguiendo las SSTS 154 y 155/2025, declaró nulas por falta de transparencia las cláusulas de interés y de pago revolving: el cliente devuelve el capital y la entidad lo cobrado por esos conceptos.
Datos de la sentencia
- Tribunal: Audiencia Provincial de Almería, Sección 1ª
- Fecha: 2 de diciembre de 2025
- Referencia: SAP AL 1937/2025
- Entidad: Santander Consumer Finance
- Texto: www.iberley.es
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